La modalidad del toque de queda inmplementada en el último Estado de Alarma limita la movilidad, aunque no elimina la actividad industrial. Aquí indicamos los siguientes aspectos a tener en cuenta.
El toque de queda en las industrias, qué es lo que tienes que saber
Las medidas de restricción de movimientos están asociadas, por lo general, a Estados de Excepción. El actual Estado de Alarma toma esta medida, de la misma manera que procedió al confinamiento generalizado. Eso sí, hay que señalar que, en este caso, hay muchos matices que conviene conocer.
La premisa básica que hay que considerar es que esta medida tiene vigencia en todo el territorio nacional (salvo Canarias). El horario de limitación de movimientos genérico es de las 23 a las 6 horas. Ahora bien, ¿esto tiene limitaciones, vale igual en todo el territorio y dura lo mismo? Estas son las preguntas a las que pretendemos dar respuesta.
Modulación en cada Comunidad Autónoma
Las Comunidades Autónomas tienen la potestad para modificar el horario de restricciones, pero con limitaciones. En la práctica, es posible adelantar o atrasar una hora el inicio y el fin. Esto supone que, para el inicio, es posible fijar entre las 22 y las 00 horas. Por otra parte, para el final se puede poner entre las 5 y las 7 horas.
Es relevante recordar, sin embargo, que las Comunidades Autónomas pueden decretar cierres perimetrales de municipios. En este caso, la movilidad se restringiría al término municipal y esto exigiría una justificación adicional para trabajadores que no vivan allí.
Movilidad laboral justificada
Hay industrias que trabajan en turno de noche. ¿Qué se hace en estos casos? La empresa tiene que facilitar un salvoconducto a cada trabajador que justifique el desplazamiento. Para ello, ha de incluir el sello de la empresa, la firma del responsable y el horario de trabajo. En principio, este documento será suficiente para que las autoridades no sancionen al portador.
Como se ha indicado anteriormente, si se vive en un municipio cerrado perimetralmente y hay que desplazarse, es necesaria también una autorización. Sin embargo, sería suficiente con el documento al que se ha hecho referencia, siempre que se haga constar el emplazamiento del centro de trabajo.
Fecha límite
Esta medida de restricción horaria está sujeta, en principio, a la duración del Estado de Alarma. Según la última disposición aprobada, no decaerá hasta el 9 de mayo. Eso sí, el Gobierno tiene el compromiso de modificar las restricciones en Navidad o adelantar su fin. Para ello, sería suficiente con aprobar un Real Decreto.
Actividades industriales
El horario de restricciones no afectará a aquellas actividades industriales que tengan que realizar su actividad de noche. En este caso, se entenderá que hay una justificación y no tendrán que cerrar. Esto, en la práctica, facilitará el trabajo.
Conclusión
El toque de queda es una medida excepcional que ha creado controversia y confusión. En cualquier caso, las industrias y transportes pueden funcionar con normalidad. ¿Buscas un proveedor de maquinaria y quieres comparar? En Maquiclick disponemos de un amplio listado de fabricantes para que puedas decidirte.